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Deja de pedir sentencias completas con datos de menores: la nueva directriz del CGPJ

El Consejo General del Poder Judicial ha aprobado unas directrices para que los centros educativos solo reciban los datos judiciales estrictamente necesarios sobre custodia y tutela de menores. Te explicamos qué cambia y cómo afecta a colegios y familias.

¿Qué ha publicado el CGPJ sobre los datos de menores?

El 21 de abril de 2026, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) dio un paso importante en la protección de los datos personales de los menores en procedimientos de familia. Su Comisión Permanente acaba de aprobar unas directrices dirigidas a todos los jueces y letrados de la Administración de Justicia de España con un objetivo claro: minimizar la información judicial que se entrega a los centros educativos, cuando contienen datos de menores.

Esta medida, aunque puede parecer técnica, tiene consecuencias muy concretas para colegios, institutos y cualquier centro educativo que hasta ahora recibía copias completas de sentencias de divorcio, convenios reguladores u otras resoluciones judiciales para gestionar aspectos cotidianos como quién recoge al menor, quién ostenta su custodia, o quién paga el comedor.

El problema: sentencias completas con datos de menores en manos de colegios y otros centros

Cuando unos padres se separan o divorcian, el colegio de sus hijos suele necesitar saber ciertas cosas: quién tiene la custodia, a quién se informa del progreso del niño/a, quién puede recogerlo, si existe alguna orden de alejamiento, cómo se distribuyen los gastos escolares…

Para acreditar todo esto, hasta ahora la solución más habitual era entregar al centro una copia de la sentencia o del convenio regulador completo. El problema es que esos documentos contienen información extremadamente sensible: datos económicos de los progenitores, detalles sobre su vida personal, conflictos familiares, deudas, e incluso referencias a situaciones de violencia o protección.

Esa información no tiene por qué conocerla el equipo directivo de un colegio. Y desde el punto de vista de la protección de datos (RGPD), que un centro acumule documentación judicial innecesaria, con datos de menores, supone un riesgo real.

La solución del CGPJ: anexos con datos de menores mínimos necesarios

Las nuevas directrices del CGPJ establecen el principio de minimización de datos, ya consagrado en el Reglamento General de Protección de Datos, pero ahora aplicado expresamente al ámbito judicial-educativo.

En la práctica, esto significa que los juzgados emitirán documentos específicos o anexos en los que se recogerán únicamente los datos relevantes para el centro escolar. Por ejemplo:

  • Si el menor puede ser recogido solo por uno de los progenitores.
  • Si existe una orden de alejamiento o prohibición de comunicación.
  • Quién tiene la facultad de autorizar actividades, uso del comedor o transporte escolar.
  • Cómo se distribuyen los gastos del centro entre ambos progenitores.

Los progenitores podrán solicitar estos extractos al juzgado por medios electrónicos, ya sea directamente o a través de un procurador, mediante formularios habilitados a tal efecto.

¿Qué implica esto para los centros educativos?

Los colegios son responsables del tratamiento de los datos de menores que custodian. Recibir y archivar documentación judicial innecesaria no es una práctica inocua: puede constituir una infracción del RGPD si esos datos no se tratan con las garantías adecuadas.

Con la entrada en vigor de estas directrices, los centros educativos deberían revisar sus protocolos internos en varios aspectos:

1. Qué documentos admitir. Ya no será necesario (ni recomendable) exigir la sentencia completa. El anexo emitido por el juzgado será suficiente y más adecuado.

2. Cómo archivar la información judicial. Los datos sobre custodia y régimen de visitas deben tratarse con especial confidencialidad, con acceso restringido al personal estrictamente necesario.

3. Qué debo hacer con la información que tengamos conservada. El centro no debe conservar información que no sea estrictamente necesaria para cumplir con sus obligaciones legales y con la prestación de sus servicios: basta con comprobar los requisitos que haya que revisar en cada caso y luego suprimirla o devolverla al titular. Con la llegada de estas nuevas directrices, éste es un momento más que recomendable para que el centro pueda revisar si conserva indebidamente algún documento y, en su caso, proceder a su eliminación o devolución.

4. Cómo orientar a las familias. Es posible que algunas familias no conozcan este nuevo procedimiento. El colegio puede jugar un papel informador y remitirlas a solicitar el extracto correspondiente al juzgado y ponerlas al tanto de estas novedades.

El impacto en las familias y en el derecho de familia

Desde la perspectiva de los progenitores, esta medida supone un avance en la protección de la intimidad familiar. Exponer una sentencia de divorcio ante el personal de un colegio puede ser incómodo e invasivo, especialmente cuando incluye detalles delicados.

Además, en situaciones de alta conflictividad entre progenitores, el hecho de que el centro cuente con información parcial o interpretada incorrectamente a partir de una sentencia compleja puede generar malentendidos o incluso ser instrumentalizado. Los anexos específicos reducen ese riesgo.

¿Necesitas asesoramiento sobre cómo adaptar tu centro a esta normativa?

¿Tienes dudas sobre el manejo de menores en tu centro? ¿No sabes cómo pueden afectarte estas nuevas directrices?

En Dataseg, asesoramos tanto a centros educativos como a familias en cuestiones de protección de datos, especialmente cuando entra en juego información de sujetos tan vulnerables como los niños y niñas. Si quieres asesoramiento sobre cómo adaptar tus protocolos o cómo gestionar estas novedades, no dudes en contactarnos: estaremos encantados de ayudar.