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Bueno, como nuestros fans de Internet en Familia (jejeje) nos piden que subamos los audios de nuestra participación semanal en el Hoy por Hoy Tenerife, de Radio Club SER Tenerife. Nos encantaría hacer un post para cada participación, pero en muchos casos, ya con lo dicho en el programa vamos bien servidos, y en otros, las prisas del día a día nos lo impide.

Para compartir con vosotros, de forma casi inmediata, y sin perjuicio de que luego se puedan desarrollar publicaciones y se basen en los programas de radio, tachan, tachaaaaannnnnnnn: hemos decidido crear este post en el que iremos subiendo los audios, poniendo en primer lugar, el último programa emitido.

 

Programa 05/03/2018. Redes sociales, qué son, tipos y características.

Tema:  Las redes sociales, sus características y tipos que podemos encontrar en la actualidad.

Puntos clave: Desde que saliera a la luz el proyecto www.sixdegrees.com, por allá en 1997, así como la que podríamos llamar la primer red social ryze.com, ha pasado muchísimo tiempo. Desde entonces han nacido múltiples proyectos de redes sociales, unos con más éxito que otros, por ejemplo, facebook (un éxito), myspace (murió), twitter que ahí va, y muchos más.

Hay redes sociales para todos los gustos, colores e intereses ¿Cuál es la tuya?

Recordatorio: Las redes sociales son maravillosas, si se usan de forma adecuada. Pueden ayudarnos a comunicarnos con otros, a compartir intereses, a encontrar trabajo, etc. pero hay que evitar perder de vista nuestra privacidad y no compartir cosas que afectar nuestra seguridad.

 

Programa 26/02/2018. Campaña no seas estrella de Unicef

Tema: Esta vez usamos el espacio Internet en Familia, para comentar el vídeo de la última campaña de Unicef. El vídeo refleja lo poco consientes que son los menores respecto a todo lo que comparten en internet.

Puedes ver el vídeo del que hablamos en este programa «¿Eres tan anónimo en la Red como te crees? Campaña #NoSeasEstrella de Unicef» pinchando aquí.

Puntos clave: Durante el programa, comentamos una realidad que a veces puede dar un poco de miedo, lo frágiles que son los menores; de lo mucho que comparten sobre ellos mismos y su familia, entorno, etc. en internet; de lo poco conscientes que son de que esa exposición puede ser lesiva para sus derechos, su seguridad y su privacidad.

Recomendaciones: por favor, compartid con los menores que os rodean este vídeo, y verlo vosotros mismos, es realmente revelador.

 

Programa 18/02/2018. Virus de facebook y oleada de estafas del CEO en Tenerife

Tema:  En este programa tratamos dos temas:

  • El supuesto virus de facebook que roba cuentas de usuarios, publica y manda mensajes en su nombre.
  • La oleada de estafas del CEO que ha tenido lugar en Tenerife en el último mes. Esta noticia se coló en el programa debido a que salio en los periódicos de la isla ese día :).

Puntos clave: En los dos casos vemos como las comunicaciones electrónicas juegan un papel importante en la seguridad de nuestra información,  identidad digital y seguridad financiera, física, lógica, etc. No podemos confiar en que los correos o los mensajes vienen de la fuente que dice ser, en muchas ocasiones según la situación debemos ser precavidos.

Recomendaciones:

  • Se precavido y confirma la identidad de los remitentes de los correos y mensajes que recibes.
  • No abras correos que te generen dudas, que no tengan claro el remitente o que el contenido parezca comprometido.
  • Pregunta antes de abrir, o de ejecutar cualquier acción.
  • Comprueba los protocolos empresariales para operaciones financieras de grandes cantidades.

 

Internet en Familia 22/01/2018. La madre italiana que debe borrar todo lo que ha publicado en redes sociales sobre su hijo

El siguiente audio corresponde al programa  emitido el lunes 22/01/2018, en el que nuestra compañera Jeimy Poveda (la que siempre va a las colaboraciones) y Juan C. Castañeda trataron el tema:

Tema: «Un juez ordena a una madre italiana que borre todo el contenido relativo a su hijo, que ha subido a las redes sociales. Además le amenaza con sancionarla con 10000 € en caso de que vuelva a subir alguna información relacionada con el menor»

Puntos clave: Los padres son los garantes y valedores de los derechos de sus hijos. Debemos evitar exponerlos en las redes sociales, protegiendo así su derecho a la intimidad, a la privacidad personal y familiar.

Recordatorio: Todo lo que se sube a internet, queda en internet. Hoy el niño es pequeño y no le importa que subas a la red, pero cuando sea grande ¿Pensará igual?, ¿Y, si la foto le afecta negativamente en el futuro?

Cuidemos a nuestros niños, antes de publicar nada de ellos en las redes sociales hagamos una ponderación, entre nuestro orgullo de padres y sus derechos.

 

¿Cuándo es la emisión en vivo?

el programa es todos los lunes, en la franja del Hoy por  Hoy Tenerife, de Radio Club SER Tenerife. El horario varia entre las 10:40 y las 11:10 a.m. hora Canaria. 

Os esperamos cada lunes, pero si no podéis escucharnos en directo, prometemos empezar a subir aquí los programas. Sí, también es muy probable que vayamos desarrollando algunos de los temas. No dudéis en remitirnos vuestras preguntas, o sugerencias de temas para tratar.

Los bulos, por desgracia, ahora son parte del pan nuestro de cada día. Ya en su momento os hablamos de ellos en este post.  Ahora bien, si además de ser parte de nuestro día a día, cada vez son más escabrosos y dañinos. Ahora mismo nos sobran bulos que alimentan el odio separatista, nacionalista, etc. Nos sobran bulos avisando de terremotos, o en los que se hace el linchamiento de personas.

¿Quién crea los bulos?

Siempre son creados por una persona. Aún las maquinas no tienen capacidad para hacer tal cosa. Eso sí. ¿qué motiva a alguien para crear y difundir un bulo? pues según la persona y su motivación. Claramente hay motivaciones de toda clase, políticas, económicas, diversión, de todo. Aunque sinceramente es difícil no preguntarse qué pasa por la cabeza de una persona que difunde un bulo sobre terrorismo, o sobre desastres naturales.

¿Consecuencias de los bulos en la sociedad?

Pues siempre generan una reacción en las personas que los reciben y se los creen. Por este motivo, un bulo anunciando un atentado inminente, o un terremoto, o una zona de robos, genera una acción- reacción entre la generalidad de personas que lo reciben, alterando su forma de actuar, y de forma indirecta el orden público.

Posibles consecuencias legales para los creadores

Encajes en el código penal

La creación y difusión de un bulo puede, según el tema que trate, o el afectado al que se refiera, encajarse de la siguiente manera:

  1. Como un delito contra el honor. Código penal, Titulo XI:
    1. Puede ser una calumnia: la imputación de un delito hecha con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad.
    2. Puede ser una injuria: la acción o expresión que lesionan la dignidad de otra persona, menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación.
  2. Como un delito de desordenes públicos.

Artículo 561: Quien afirme falsamente o simule una situación de peligro para la comunidad o la producción de un siniestro a consecuencia del cual es necesario prestar auxilio a otro, y con ello provoque la movilización de los servicios de policía, asistencia o salvamento, será castigado con la pena de prisión de tres meses y un día a un año o multa de tres a dieciocho meses.

¿Cárcel por crear y difundir un bulo?

La semana pasada conocimos la noticia que hablaba de una mujer detenida en Malaga, como presunta creadora y difusora de un audio en whatsapp, en el que alertaba a la comunidad de la presencia de 2 Yihadistas en la ciudad. Pues bien, eso fue pocos días después de los atentados de Las Ramblas, en Barcelona. Debido a esa cercanía de las situaciones, se armó un revuelo social, se entró en pánico, y hubo una movilización de las fuerzas y cuerpos de seguridad del estado. ¿Porqué lo hizo, quién lo hizo? Ni idea, no tiene lógica. Pero para eso están las investigaciones, y por eso la detención de esta personal.

No es el primer caso, hace un par de años, 4 jóvenes en Estepona manipularon la portada de un periodico de tirada nacional, justo unas horas del atentado en Charli Hebdo. También cuando la crisis del Ebola, un chico madrileño hizo correr un bulo, y así. A todos la broma les ha costado como poco el susto de ser detenidos. Estaría bien saber en qué han terminado los ditintos procedimientos.

Y, ¿a colación de qué viene todo esto?

Básicamente de la siguiente noticia. Y de la amable invitación de Radio club SER – Tenerife para comentarlo en el programa de radio, la «Ventana de Canarias».

La noticia, por si no puede ver enlaces:

El presidente del Cabildo de Gran Canaria, Antonio Morales, ha asegurado este lunes que los servicios jurídicos están analizando los bulos vertidos en las redes sociales… sobre el origen del fuego, que han relacionado con la quema controlada de rastrojos del Cabildo…

“No tiene nada que ver con las quemas. Lo vamos a perseguir porque genera una alarma”

No queda claro cual es en definitiva la motivación  por la que quieren buscar responsables de los comentarios en las redes sociales, ya que si se trata de un tema de desordenes públicos que es donde encaja lo de la «alarma social», pues es que el incendio existió, y los comentarios, nacieron a raíz de dicho incidente. Otra cosa es que quieran encajarlo en defensa de la institución. Ya veremos como se desarrolla el tema.

Os compartimos el audio de nuestra participación. Que conste ante notario, que se trata de una participación distendida y para todos los públicos -es decir, expresamente nos pidieron que no nos pusiésemos con tecnicismos-

En conclusión.

Cuidado, las redes sociales a veces juegan malas pasadas y no siempre traen noticias verdaderas, no creas todo lo que te llega por whatsap. Que un mensaje venga con la voz de una persona real, que parece comprometida, no significa que sea cierto, sino, en muchos casos, que finge bien. Tampoco creas todo porque parezca una portada de un periódico conocido, ve a fuentes oficiales y contrasta la información.

Y por otro lado, no os olvidéis que en internet todo es trazable, que una investigación de los cuerpos y fuerzas de seguridad del estado puede resultar en detenciones gracias a las direcciones IP, a un número de teléfono, entre  otros. No juguéis, ¿qué necesidad?

En este post hablaremos del robo de datos en internet, pero ojo, que aunque en esta oportunidad nos centremos en la red, no solo de internet vive el hombre. Si no ponemos una contraseña segura, puede que nuestro PC, móvil, tablet, etc. sea usado -sin permiso- por cualquiera que los tenga a mano, para eso no hace falta internet, solo un dispositivo desprotegido.

Internet es a gran herramienta que nos acerca a una amplia gama de conocimientos, noticias en tiempo real, cultura, lugares remotos, personas en otros países, etc. Pero, también es la puerta a través de la cual los ciberdelincuentes pueden hacerse con nuestros datos. Les permite acceder a nuestra vida, la privada y la pública, a nuestra información bancaria, laboral, social, etc. a todos loss aspectos  de nuestra vida que se pueden gestionar vía online. Y todo sea dicho, unas veces entran por la puerta de atrás, y otras por la principal que parece señalada con luces de neón. Sí, así de inconscientes podemos llegar a ser.

Pero ¿Cómo puede realizar un robo de datos un ciberdelincuente?

De muchas formas, y en la mayoría de ellas, por desgracia, el factor «usuario» es el principal coladero de males. Las siguientes, son las formas más habituales:

  1. Campañas de phishing. Funcionan porque el usuario abre y sigue las instrucciones de un correo SPAM. La mayoría de veces piden datos, o facilitan un enlace emulando alguna entidad o marca conocida, hablan de un supuesto sorteo, las opciones son variadas. Pero al final siempre hay un pedido de datos, -incluidos los bancarios- y un usuario inocente que larga todo sin preguntar.
  2. Estafas tipo pharming. Suele ser habitual en temas bancarios, cuando en lugar de teclear directamente la dirección electrónica del banco, el usuario la busca por google y el malo te tiene listo un resultado, que logra engañarle y capta los daros de usuario. También funciona mucho con redes sociales, y cuentas de correo electrónico.
  3. Usuando apps y juegos que recolectan datos. Cuando en el móvil o en las redes sociales el usuario instala apps y juegos que roban datos, o los venden.
  4. Interpretación de correos sin cifrar.
  5. Cuando el usuario se apunta a concursos, megachollos, y demás ofertas demasiado buenas para ser verdad, pero aún así da todos los datos sin verificar quién está detrás, y si es una oferta legítima.

¿Qué puede hacer un ciberdelincuente con mis datos?

Hacer, puede hacer de todo. Dependerá del tipo de atacante y de ataque. Hay ataques generalizados y ataques personalizados:

  • En el caso de un ataque generalizado, no hay una víctima concreta, sino, una generalidad de blancos. Esto es lo que pasa con las campañas de phishing o malware realizadas a través de SPAM. En estos casos se pretende conseguir información real de las personas, credenciales, datos bancarios, etc. Luego los venden en el mercado negro, o bien realizan fraudes bancarios, o compra de productos usando esas identidades.
  • Por otro lado un ataque específico estará diseñado de forma clara para hacer que una persona concreta caiga en él. Puede usarse cualquier modalidad de las descritas en el punto anterior, solo que el gancho estará diseñado con exquisito cuidado. Usan información del blanco -de redes sociales, en su trabajo, etc.- garantizándose la efectividad del ataque. En este caso, la finalidad será también muy específica, pudiendo querer suplantar a esta persona, usar sus permisos de acceso en algún sitio concreto, o estafarle -pero bien-.

Total, que en resumen, algunas opciones de lo que puede hacer un ciberdelincuente con nuestros datos, son:

  • Venderlos en el mercado negro
  • Estafarnos, robarnos -y no solo en internet, sino también físicamente-
  • Usar nuestros dispositivos para redes zombie
  • Contratar / comprar en nuestro nombre productos online, o ilegales y endosarnos la factura o la culpa.
  • Usar nuestros permisos de acceso a algún sistema o lugar.
  • Etc. Estamos seguros que los expertos en ciberseguridad pueden darnos una laaaaarrrrga lista de cosas más.

¿Cómo evitar que roben mis datos?

Lo primero es ser conscientes que en este mundo hiperconectado en el que vivimos, las puertas de acceso a nuestros datos son muchas; que la seguridad absoluta no existe, y pese a implementar medidas de seguridad, en cualquier momento podemos ser víctimas de un robo de datos. Los delincuentes evolucionan día a día, y sus herramientas también.

Recomendaciones esenciales:
  1. Usar contraseñas seguras. las contraseñas son las llaves de nuestra vida digital, deben ser contraseñas seguras, es una de las principales claves para proteger nuestra vida digital. Podemos usar claves nemotecnicas, un repositorio online de claves, un generador automático, etc. Son mil las opciones, pero siempre con el objetivo de ponérselo difícil a los ciberdelincuentes, cotillas, etc. Y claro, deben ponerse en todos los dispositivos, cuentas de correo, redes sociales, nubes, y  todo sitio al que subáis información.
  2. Ojo con el SPAM. No se debe acceder a enlaces que vengan en correos sospechosos; tampoco contestar facilitando la información que solicitan.
  3. Descargar apps y software de sitios oficiales. Es una de las formas más seguras de contar con apps sin malware. Que oye, no es que todas las apps oficiales sean buenas, pero suelen pasar un mínimo de controles de privacidad.
  4. Mantener la confidencialidad en internet. Este es un punto difícil para muchos usuarios, tanto les gusta publicar su vida privada que se niegan a ver el peligro que ello conlleva. Cada cosa que publicamos es un detalle que un delincuente puede usar para engañarnos, o para engañar a nuestras familias. ¿No habéis oído de los secuestros virtuales? pues una de las claves de su funcionamiento es la información que publican los propios usuarios.
  5. Limitar los permisos que se dan a apps y software. Otra vez estos dos, pero es que al descargarlos o les decimos que no pueden acceder a todo, o lo harán. Y si lo hacen, pues ya que venga dios y reparta suerte, porque se harán con cuanto haya a su paso.

Para cerrar

Evitar que nos roben datos, o de mitigar el daño de un incidente de este tipo, está en nuestras manos. Somos los usuarios quienes debemos ser responsables activos de la seguridad, confidencialidad y disponibilidad de nuestros datos.

En internet hay muchos ojos, tantos que es imposible imaginarlo. Os recomendamos el video de TEDX Madrid en el que la periodista, Marta Peirano, habla de «¿Por qué me vigilan, si no soy nadie?».Esperamos que entre este post y esa charla de 9 minutitos, os quedéis con la idea de que vuestra información vale, y debéis protegerla.

En los últimos meses, hemos recibido varias consultas de padres, sobre protección de datos de menores. Todas las consultas tenían 3 puntos en común, datos de menores, internet y una institución o negocio que publica datos sin consentimiento.

No hay necesidad de contar cuales son las situaciones exactas. Pero os podéis imaginar,  que todas terminan con unos padres enfadados, y con un titular de ficheros, pidiendo disculpas, o lavándose las manos. Esperamos que con este artículo, quede claro cuáles son las obligaciones de las empresas, instituciones y/o profesionales; también que los padres sepan cómo pueden actuar, y qué derechos pueden ejercitar en defensa de sus hijos.

Normativa de protección de datos, aplicada a datos de menores

La normativa de protección de datos, reconoce derechos a las personas e impone obligaciones a los titulares de los ficheros (empresas, instituciones, profesionales). Todas las obligaciones de la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos Personales – LOPD,, así como su Reglamento de Desarrollo, el RD 120/2007, son directamente aplicables al tratamiento de datos de los menores. No podía ser de otra manera.

Lo primordial es respetar y garantizar este derecho, cumplimento con los principios de la protección de datos: calidad de los datos, información, consentimiento, seguridad de los datos, confidencialidad, entre otros. Está claro que por la especial vulnerabilidad, de los menores, algunos de estos principios se aplican de forma distinta, adaptándolos a su entorno, edad, capacidad de decisión, etc., de modo que se garantice, de verdad, su derecho a la protección de datos.

Principios a tener en cuenta

Como mencionamos antes, todos los principios de la normativa de protección de datos – LOPD 15/1999, y su reglamento de desarrollo, el RD 1220/2007, son aplicables también al tratamiento de datos de menores. En este apartado nos centraremos en los que tienen un desarrollo específico, relacionado con los menores.

El desarrollo específico, asociado al tratamiento de datos de los menores, lo encontramos en el artículo 13, del RD 1720/2007 

Artículo 13. Consentimiento para el tratamiento de datos
de menores de edad.

En este artículo vemos con claridad, como el principio de información, consentimiento y calidad de los datos, juegan un papel especial. En el caso de los menores, se adaptan para defender y garantizar el derecho a la protección de datos de los menores.

Información

En el caso de los menores, el principio de información se adapta a su edad, conocimientos del medio, y demás factores que hacen de los menores un colectivo vulnerable; se exige que toda información que vaya con destino a los menores, sea sencilla, clara y fácil de comprender por ellos.

Artículo 13. RD 1720/2007,

3. Cuando el tratamiento se refiera a datos de menores de edad, la información dirigida a los mismos deberá expresarse en un lenguaje que sea fácilmente comprensible por ellos.

Consentimiento

El consentimiento suele ser la piedra angular en el tratamiento de datos. También lo es, cuando los datos son de menores. En el caso de los menores, el consentimiento podrá ser prestado por ellos mismos, o por sus padres; depende de la edad del menor y del tratamiento que se quiera realizar.

Artículo 13. RD 1720/2007,

1. Podrá procederse al tratamiento de los datos de los mayores de catorce años con su consentimiento; salvo en aquellos casos en los que la Ley exija para su prestación la asistencia de los titulares de la patria potestad o tutela. En el caso de los menores de catorce años se requerirá el consentimiento de los padres o tutores.

Calidad – Proporcionalidad

Como a todo tipo de tratamiento de datos personales, el principio de calidad deberá aplicarse de forma rigurosa. Ahora bien, debido a la vulnerabilidad, inocencia y desconocimiento de los menores, se hace especial hincapié en lo siguiente:

Artículo 13. RD 1720/2007,

2. En ningún caso podrán recabarse del menor datos que permitan obtener información sobre los demás miembros del grupo familiar.

Podrán recabarse los datos de identidad y dirección del padre, madre o tutor con la única finalidad de recabar la autorización.

Consultas sobre el consentimiento

Al iniciar el artículo os contamos, que el mismo, nació a colación de varias consultas recibidas, por parte de padres y madres. Así, que con permiso de los consultantes, aquí esperamos, poder aclarar algunas de sus situaciones:

¿Cuándo se debe solicitar el consentimiento de los padres

Es necesario, siempre que se trate de un menor de 14 años, con discapacidad intelectual, o en un caso de necesario ejercicio de la patria potestad o tutela.

¿De uno de ellos, o de los dos? En caso de padres separados o divorciados, siempre de los dos. Si solo uno de ellos, ostenta la patria potestad, este es quien debe dar el consentimiento.

¿Quién obtiene/recibe el consentimiento?

El consentimiento, en caso de prestarse, es para el titular de los ficheros. Es decir, la empresa, institución, o profesional, que decide sobre la creación y finalidad del fichero; No se da al director del colegio, ni a los profesores, ni dinamizadores del campamento, etc. 

  • ¿Puede un profesor del colegio publicar las fotos de mi hijo en sus redes sociales, personales? No, no puede. El consentimiento fue otorgado al colegio, no al profesor. En estos casos hablamos de un incumplimiento claro, por el que puede ser sancionado el colegio, e incluso el propio profesor. Hay varias sentencias al respecto.
  • ¿Si una empresa o profesional hace una actividad contratado por el colegio, puede tomar fotos y publicarlas en su web o redes sociales? No, si no ha solicitado el consentimiento de los padres. Al tratarse de un titular de fichero independiente al original, deberá recabar los consentimientos de los padres. El consentimiento dado al colegio, es solo para el tratamiento de los datos en el ámbito del msimo; no puede utilizarlo para ceder los datos, ni  puede extenderlo para que lo usen sus prestadores de servicios.
Alcance del consentimiento

Otra de las grandes dudas, de varios de nuestros consultantes  fue ¿Cuál es el límite del consentimiento que he prestado, luego pueden hacer lo que quieran? Sobra decir, que en algunos de los casos consultados, el titular de los ficheros se había extralimitado.

  1. Solo pueden tratar los datos de los menores, con las finalidades descritas en la información facilitada. Para nada más.
  2. Si un padre no autoriza la publicación de los datos de su hijo en internet, esto incluye, la web del colegio. Los datos subidos a las zonas privadas de la web, deben estar bloqueados para evitar su indexación por los motores de búsqueda. En caso contrarío, estarían realizando una comunicación de datos no consentida.
  3. El consentimiento es solo para la entidad, organización o profesional titular de los ficheros. No para sus empleados, colaboradores, o proveedores. Salvo en casos previstos en la legislación vigente, los terceros deberán solicitar el consentimiento para el tratamiento de los menores, fuera del desarrollo normal de la prestación de servicios.
  4. Si el padre se ha negado a la subida de fotografías del menor a internet, se entiende que se refiere a cualquier tipo de datos del mismo. No vale subir una foto, pixelar el rostro y luego poner el nombre completo del menor. 

    Si hay dudas sobre un consentimiento, debe solicitarse de nuevo.

 Y, si pese a no dar consentimiento para publicar datos del niño, lo hacen, ¿qué puedo hacer?

En estos casos, hablamos de una comunicación de datos no consentida. El padre, madre o tutor, puede dirigirse a la Agencia Española de Protección de Datos – AEPD, y poner en su conocimiento los hechos. En la mayoría de casos hablamos de denuncias, que deberán ir acompañadas de sus respectivas pruebas, y descripción de los hechos. Las denuncias son gratuitas, y se pueden hacer, incluso a través de la sede electrónica de la agencia.

Está claro, que si se prefiere, antes de denunciar, pueden ponerse en contacto con quien ha publicado los datos, y solicitar el cese de dicha comunicación. Hay que ver que en algunos casos, es posible resolver el tema por la vía amistosa, y otras, no. También, en función de la afectación del derecho, es mejor denunciar directamente. Caso a caso, hay que ver, cada caso.

En resumen

Las empresas o instituciones, o profesionales, que traten datos de menores, deben implementar las obligaciones que exige la LOPD, 15/1999; y las de su reglamento de desarrollo, el RD. 1720/2007. Si bien es cierto, que a la hora de tratar los datos de menores, deben adaptar algunos de los principios.

Los padres no tienen que sentirse culpables, por defender el derecho a la protección de datos de sus hijos. Ni tampoco, pensar que esto pueda perjudicar al menor, al contrario. Los colegios, institutos, y demás empresas, profesionales, organizaciones, etc. deben colaborar en este sentido. Sin excusas, ni dilaciones. Proteger los datos de los menores, es una obligación de todos. 

 

Ya para terminar, os dejamos el audio del programa de radio Internet en Familia, en el que colaboramos todos los lunes con Radio Club SER Tenerife. Justamente el pasado 27/03/2017, hablamos de este tema. Esperamos que os sea de utilidad.

Podéis escucharnos a partir  del punto, 1.37:50

Os invitamos a escuchar nuestra participación de todos los lunes, en esta emisora de Tenerife, en la que hablamos de internet, seguridad, privacidad, intimidad, protección de datos, comercio electrónico, propiedad intelectual, entre otros.

En las redes sociales, cuando una persona fallece, sus perfiles no suelen eliminarse de forma automática. Se supone que la capacidad de gestión de una cuenta solo la tiene su titular. Cuando este desaparece, sus perfiles suelen quedar a la deriva.

Para evitar situaciones dolorosas, o incomodas, o casi paranormales, a sus usuarios, las redes sociales han puesto mecanismos de auto gestión; también han creado acciones que pueden realizar los familiares directos del fallecido. De tal suerte que la cuenta puede ser eliminada o convertida en una cuenta honorífica o conmemorativa.

Lo que dicen las estadísticas

Hace unos años, las estadísticas realizadas por un investigador de MIT, decían que en el año 2098, en Facebook, habrá más perfiles de personas fallecidas que de personas vivas. Este dato es harto llamativo, si tenemos en cuenta que en el año 2012, en tan solo 8 años de funcionamiento de esta red social, ya habían 30 mil perfiles de personas fallecidas.

Formas de gestión de perfiles de fallecidos

Como antes mencionamos, hay dos formas, según la red social a la que nos refiramos. En primer lugar está la auto gestión: decidir desde ya, qué queremos que pase con nuestra cuenta, llegado el momento de nuestra muerte. La segunda, la gestión por parte de los familiares, bien elegidos por nosotros, bien por su propia cuenta si no les designamos.

Gestión de perfiles según las redes sociales existentes

En este apartado desglosaremos las formas de gestión que perfilen las redes sociales, más populares, a la fecha.

Facebook

En esta red social, se permite la gestión por parte de familiares, y la auto gestión; fue la primera en permitir la autogestión, brindando dos opciones: la primera, elegir dar de baja el perfil en el momento de la muerte; la segunda, elegir contactos legados, ellos decidirán que hacer llegado el momento.  Facebook también permite que los familiares directos puedan solicitar la eliminación del perfil o la reconvención, en cuenta conmemorativa. Aquí puedes conocer más sobre la política de facebook 

Twitter

En este caso, y los siguientes, no se permite la creación de perfiles conmemorativos. Se puede desactivar la cuenta; también la de una persona a la que le ha sobrevenido una incapacidad.  Solo lo pueden solicitar personas autorizadas, o familiares directos que puedan comprobar dicha situación. En este enlace podréis conocer la política de gestión de perfiles de fallecidos y discapacitados en Twitter.

LinkedIn

Esta plataforma es la más amigable con sus palabras relacionadas con este tema. Tampoco permite la creación de perfiles honoríficos, solo la eliminación del perfil. Solicita datos tales como el enlace al perfil, nombre de la persona, comprobar la relación con ella, entre otros. Se realiza la solicitud mediante un formulario, dispuesto especialmente para ello. Aquí podréis obtener más información.

Instagram

El caso de instagram es particular, al ser de facebook, sí permite la reconvención en conmemorativa de la cuenta. Lo distinto a su propietaria, no permite la auto gestión, solo el reporte de la situación por parte de los familiares, quienes, deberán elegir que hacer con la cuenta del fallecido. Aquí tenéis el enlace a la página de información ofrecida por instagram.

¿A qué información accederían los familiares?

En realidad a ninguna. En ninguno de los casos podrán, salvo que tengan la contraseña, acceder al perfil del usuario. Tampoco podrán gestionarlo. Solo pueden decidir, si se elimina la cuenta, o en el caso de facebook e instagram, si el perfil se convierte en conmemorativo.

¿Ha fallecido un familiar, qué hacer con su perfil ?

Como ya vimos antes, en este caso será necesario comunicar a la red social el fallecimiento, seguir los pasos que se indiquen en sus políticas y decidir, según se le permita, si la cuenta se elimina o se convierte en conmemorativa.

Para finalizar…

Si tienes perfil en facebook, es recomendable que decidas. La ruta es: configuración/seguridad/contacto legado/ elegir; las opciones son, eliminar cuenta o elegir un contacto legado. Mientras tengamos capacidad de decidir, deberíamos hacerlo.  Como la frase de una conocida película “Decidir es un verbo muy bonito, es un privilegio”.

Si se trata de decidir qué hacer con el perfil de un familiar fallecido, es recomendable decidirlo en familia. Muchas veces afecta a varias personas, y bien es sabido que unas lo llevan mejor que otras.

 

Este tema lo tratamos, el pasado 17/10/2016, en el programa de radio «Internet en familia» en el que colaboramos semanalmente con Radio Club SER Tenerife. Aquí podréis escuchar nuestra intervención, a partir del minuto 36.50.

Os invitamos a escucharnos cada lunes, durante el Hoy por Hoy, La Portada. En este espacio hablamos de temas de interés para el público en general, siempre con un lenguaje cercano y ameno. Temas que tratamos: privacidad, internet, protección de datos, LOPD, tecnología, derecho tecnológico, entre otros. Estamos en Tenerife, Canarias.

Los bulos en internet son como una plaga que nos invade, invade muros de Facebook, timelines de Twitter, foros y bandejas de correo. Se alimentan de los incautos que creen en su contenido, y que además lo comparten creando cadenas interminables de falsedades.

 

Finalidad

Los bulos son historias falsas que buscan engañar a los usuarios y conseguir que lo compartan. A partir de ahí la finalidad será, en primer lugar conseguir los datos de los usuarios (datos de identidad, contacto, entre otros), para:

  1. Crear una base de datos y venderla en el mercado negro.
  2. Recopilar datos de usuarios para luego usarlos en campañas de spam.
  3. Conseguir victimas para ciberestafas
  4. Conseguir abonados a números de pago.

En el resto de los casos, el único fin es engañar al usuario y propagar las “tonterías y mentiras” que se le ocurrieron al creador del bulo.

 

Medios de propagación de los bulos

Los bulos se propagan a través de redes sociales, aplicaciones de mensajería y correo electrónico. Históricamente inició su propagación a través de cadenas de correo, luego apareció en los muros de las redes sociales, y ahora con el auge de whatsapp y demás aplicaciones de mensajería la forma de propagación es vertiginosa y casi automática.

 

Funcionamiento

El funcionamiento es básico: un usuario, crea la noticia y la hace circular. Normalmente se trata de noticias/videos impactantes (fotos de niños, accidentes, muertes de famosos, etc.),  avisos de un “peligro inminente”, información de sucesos increíbles, comunicación de beneficios o premios para los participantes, etc.

En la mayoría de los casos se desconoce quién crea la noticia, aunque como es habitual para darle credibilidad suelen poner como fuente –falsa- a una empresa, entidad, administración o medio de comunicación conocido que revista de credibilidad la noticia.

 

Peligros

Los peligros de los bulos varían en función de la forma en que participamos en ellos. Si es por correo, redes sociales, o aplicaciones de mensajería, podremos ser victimas de robo de información, suplantación de identidad, de virus que acompañan las publicaciones gancho, o como suscriptores de inscripciones a servicios Premium de las cuales ni llegamos a tener conocimiento hasta que llega la factura del teléfono.

Uno de los mayores y más preocupantes peligros es la creación de alarmas sociales. Tomaremos como ejemplo el caso de los recientes bulos que nacieron a raíz del terremoto en Ecuador, toda América latina estuvo recibiendo durante semanas una cadena de whatsapp en la que se informa de un terremoto inminente en su zona, avisando de la necesidad de abastecerse y hacerse con herramientas de supervivencia básica. Si bien se podría reconocer una buena intención, también pone en peligro la actividad normal del abasto de la población ya que si muchos de ellos hacen caso omiso, en nada puede que muchos de los productos recomendados dejen de estar disponibles en el mercado y se cree una situación grave de desabastecimiento.

Como podemos ver, los bulos no son una simple publicación más en las redes sociales, su fin de divulgación de falsedades en el fondo tiene finalidades más escabrosas por lo que es recomendable huir de ellos como si del diablo se tratara.

 

Recomendaciones

Os damos algunas recomendaciones básicas para no ser victimas de esta amenaza con pinta de inocua, pero que no lo es:

  1. Identificar los bulos: Suelen tener muchas faltas de ortografía, hablan de “a mi amigo le paso, “mira lo que le pasó a…”, milagro, “si no le das like”, “pillado/a haciendo”… Aprovechan noticias recientes y hablan de datos “ocultos por las autoridades” “lo que nadie te dijo/enseño”.
  2. Si tiene dudas sobre la veracidad de una noticia, infórmese de forma adecuada, contraste la información.
  3. No compartirlos. Eliminarlos de tu bandeja de correo o aplicación de mensajería.
  4. Denunciarlos:
    1. En las redes sociales denunciar la publicación como ofensiva, spam o maliciosa
    2. Según se trate el tema, o si se identifica como una posible estafa denunciar a la policía o guardia civil a través de sus canales de comunicación en internet.

Finalmente si usted es victima de algún tipo de estafa es recomendable que denuncie donde corresponda, en función del engaño o estafa en cuestión.

Y sobre todo recuerde, no compartas bulos, son mentiras y no hacen bien a nadie.