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Si has llegado hasta este artículo, muy probablemente tienes relación con algún club o equipo de fútbol. Ya sea porque eres uno de los jugadores, su presidente o incluso la persona que se asegura de que se cumpla con la protección de datos dentro del mismo, este post te interesa.

La protección de datos es una materia que aplica prácticamente en todos los ámbitos de nuestra vida, y el deportivo no es una excepción. Es importante saber qué papel juega la normativa en este sector y, por ello, en este artículo repasamos algunas recomendaciones básicas al respecto.

La protección de datos personales en España

En nuestro país, contamos con dos normas de referencia en protección de datos personales:

Ambas normas están en vigor desde el año 2018, pero aún nos encontramos con que, en algunos clubs, hay mucha tarea pendiente. Es importante que el club revise periódicamente su documentación y los cambios hechos en ella, para asegurar que se está cumpliendo con la normativa vigente.

Una pista sobre esto: la antigua ley de protección de datos existente en España era la LOPD 15/99. Esta norma ya no aplica y, sin embargo, todavía sigue apareciendo en muchos sitios (y esto está mal). Si encuentras alguna mención a ella en tus documentos o formularios, es una señal de que hay que ponerse al día.

El derecho de información en equipos y clubs de fútbol

Uno de los principales derechos protección de datos es el de información, el de saber qué ocurre con nuestros datos personales. Y es, al mismo tiempo, un deber, pues el club o equipo asume la obligación de proporcionar esa información a aquellos con quienes se relaciona.

Son muchas las vías a través de las que puede cumplirse con esto:

  • Formularios, sean en papel o en formato digital
  • Documentos de inscripción, preinscripción o similares
  • Contratos
  • Acuerdos de confidencialidad
  • Políticas de privacidad publicadas en web o portales del club
  • Licencias deportivas o similares
  • Bases legales de cursos o eventos organizados por el club

Lo importante es recordar que siempre que se recojan datos personales, hay que proporcionar información sobre su uso.

¿Por qué aplica la protección de datos a clubs y equipos de fútbol?

Un dato personal es cualquier información que nos sirve para identificar a una persona y su tratamiento exige cumplir con la normativa de protección de datos. Por ejemplo, un club trata datos de:

  • Los propios jugadores
  • Los entrenadores u otros colaboradores similares
  • Voluntarios
  • El Presidente, Vicepresidente y otros miembros de órganos de gobierno
  • Trabajadores del club
  • Proveedores del club
  • Muchos otros: alumnos inscritos en cursos, participantes en eventos o sorteos organizados por el club, etc.

Es importante tener esto en cuenta porque dentro de cada uno de esos grupos hay personas que tienen derechos en materia de privacidad, y el club debe velar por que se cumpla con la normativa en la relación con cada uno de ellos.

¿Puede el club acceder a datos de salud de sus jugadores?

Es razonable que un club de fútbol necesite acceder a determinada información sobre la salud de sus jugadores (o de otras personas implicadas). Esto sirve para comprobar que se encuentran en condiciones óptimas de salud, evitar incidentes y también para prevenir situaciones prohibidas, como el dopaje.

Los datos de salud entran dentro de los que la normativa considera “sensibles” o de categoría especial. Si ya de por sí hay que ser respetuoso con cualquier información sobre una persona, con este tipo de datos aún más.

Si bien el club puede acceder a datos de salud, es indispensable:

  • Tratar solo aquellos datos de salud que sean estrictamente necesarios y no cualesquiera otros
  • Procurar que sean conocidos únicamente por quien esté autorizado para ello, evitando el acceso de terceros
  • Aplicar medidas de seguridad que aseguren su protección y eviten su filtración
  • Cuando dejen de ser necesarios, valorar cómo se prescinde de ellos

¿Puede el club publicar información en web, RRSS y otros medios?

El fútbol es uno de los deportes más populares del mundo y que más interés despierta entre sus seguidores, que quieren estar al día sobre todo lo relacionado con su equipo. En este sentido, es lógico que aparezca información sobre el club y sus jugadores en página web, redes sociales y en medios de comunicación.

Si tu club tiene página web, es otro de los puntos en que aplica la normativa de protección de datos, pues debe estar adecuada y contar con sus textos y demás requisitos legales.

Si se va a publicar información o imágenes de los jugadores en redes, hay que valorar siempre qué es necesario publicar y qué no, es decir, qué cosas tienen realmente interés informativo. Es razonable que se haga pública información de interés para el club y sus seguidores, pero si hablamos de otros temas que salen de este estricto ámbito -por ejemplo, la vida personal de cada uno- siempre es conveniente valorar si tiene sentido darle difusión o no. O si, en su caso, hay obligación de ello, pues sabemos que a veces los clubes tienen que informar de sanciones, expulsiones u otras medidas de disciplina aplicadas a los jugadores.

Lo que hay que recordar es que, detrás la información, hay personas con derechos y siempre se pueden aplicar medidas para procurar su protección. Por ejemplo: si es posible, usar iniciales en lugar de un nombre completo. La protección de datos no está reñida con el derecho que todos tenemos a estar informados y recibir noticias. Y, por ello, hay formas de que coexistan

Menores de edad en equipos de fútbol

Todas las recomendaciones que hemos venido nombrando en este post aplican especialmente a los menores de edad, pues son mucho más vulnerables.

Cuando el club trate datos de menores de edad, también tiene que cumplir con el RGPD y la LOPDgdd, con aún más cuidado. Y esto aplica especialmente a algo ya comentado: las publicaciones en redes u otros medios. Por ejemplo, en 2021 la AEPD multó con 10.000 euros a un club deportivo por publicar fotos de una menor sin contar con autorización de ambos progenitores.

En protección de datos, cuando un niño alcanza la edad de 14 años, ya tiene derecho a consentir (con carácter general) sobre el tratamiento de sus datos personales. Si el niño es menor de 14, el consentimiento o autorizaciones necesariamente tendrá que venir de quienes tengan su patria potestad o tutela.

Relación con otros clubs o federaciones

En fútbol, es constante la relación entre equipos o incluso con federaciones o asociaciones deportivas. Y, como parte de esto, también es constante el intercambio de datos entre unos y otros.

Estas comunicaciones, en muchos casos, no solo están justificadas, sino que son necesarias para el normal desarrollo del equipo. Pero ello no quiere decir que pueda hacerse de cualquier manera: hay que ver qué se comunica, a quién, si hay que informar de ello, si hay que obtener un consentimiento, cómo se va a hacer, etc.

En cuanto a las federaciones o similares, puede ocurrir te exijan determinados requisitos de cumplimiento normativo o que tu club tenga que utilizar cláusulas, formularios u otros contenidos de protección de datos facilitados por éstas.

En Dataseg, asesoramos a alguna federación de futbol y estamos muy familiarizados con su funcionamiento y con el día a día de los clubs. Y precisamente sabemos que un solo artículo de nuestro blog, si bien es útil, no basta para hablar de todo lo que hace falta.

Si te preocupa que tu club de fútbol cumpla con la protección de datos, puedes contactar con nosotros para recibir asesoramiento a medida.

P.D. En este artículo nos hemos centrado en el fútbol, pero lo que aplica para éste, también lo hace para los demás deportes. Si lo tuyo es el baloncesto, el hockey o el tenis, también estamos a tu plena disposición.